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Guía del IVA de Colombia para 2026: tasas, registro y cumplimiento

El IVA estándar de Colombia es del 19%. Esta guía cubre el registro, las reglas de recaudo para proveedores digitales no residentes y las obligaciones de presentación ante la DIAN.

Última actualización

Puntos clave

La tasa estándar del IVA de Colombia es del 19% sobre la mayoría de los bienes, servicios y entregas digitales, con una tasa reducida del 5% para ciertos artículos y del 0% para algunos productos esenciales y las exportaciones. Las empresas nacionales se registran en el RUT ante la DIAN; los proveedores no residentes de servicios digitales deben registrarse ante la DIAN y cobrar el 19%, o bien el impuesto se recauda mediante un mecanismo de retención que aplican los emisores de tarjetas y los procesadores de pago. Algunos productos esenciales tributan al 5% o están exentos; el SaaS y los servicios digitales son gravables al 19%.

Resumen de tributación

SaaS

Gravable

Bienes digitales

Gravable

Tasas del IVA

La tasa estándar del IVA de Colombia es del 19% sobre la mayoría de los bienes y servicios. Una tasa reducida del 5% se aplica a ciertos artículos y una tasa del 0% cubre algunos productos esenciales y las exportaciones. La autoridad tributaria es la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), y los servicios digitales B2C del exterior son gravables al 19%.

Tasa

Se aplica a

Estándar 19%

La mayoría de los bienes, servicios y entregas digitales

Reducida 5%

Ciertos alimentos y bienes

Cero 0%

Algunos productos esenciales, exportaciones

Registro y umbral de nexo

Colombia no utiliza un nexo económico al estilo de EE. UU. Las empresas nacionales se registran en el RUT ante la DIAN [1]. Los proveedores no residentes de servicios digitales a consumidores colombianos deben registrarse ante la DIAN y cobrar el 19% de IVA, o bien el pago puede quedar cubierto mediante un mecanismo de retención que aplican los emisores de tarjetas y los procesadores de pago [2]. Los pasos de registro están en la sección Cómo registrarse.

Frecuencia y plazos de presentación

Los proveedores digitales del exterior que se registran directamente presentan declaraciones de IVA simplificadas cada dos meses (bimestralmente) a través del MUISCA de la DIAN, en una sola fecha fija por periodo, establecida cada año por decreto sin importar el NIT (para 2026, aproximadamente entre el 13 y el 18 del mes siguiente a cada bimestre, según el Decreto 1625/2016).

Exenciones

Algunos productos esenciales tributan al 5% o están exentos, y las exportaciones tienen tasa cero. El SaaS y los servicios digitales prestados a consumidores colombianos son gravables al 19%.

Sanciones

La presentación tardía acarrea una sanción del 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes, hasta un máximo del 100% del impuesto. Después de un emplazamiento formal de la DIAN, la tasa sube al 10% mensual, hasta un máximo del 200% del impuesto, más intereses.

Preguntas frecuentes

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Colombia · IVA
Tasa de IVA

Tasas al agosto de 2026. Fuente: DIAN: Estatuto Tributario, Articles 468–468-3 (se abre en una pestaña nueva).

Colombia · Tasa general

19%

Tasa de IVA

El precio ingresado

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Esta es una estimación. Que una venta esté gravada, y a qué tasa, depende de lo que usted venda, a quién y dónde se entregue o se preste. Si piensa basarse en estas tasas, utilice la plataforma de Kintsugi.