Guía del IVA de Costa Rica para 2026: tasas, registro y presentación
Costa Rica aplica un IVA del 13% a bienes y servicios. Cubre el registro, las reglas de retención para servicios digitales transfronterizos y la presentación mensual.
Última actualización
Puntos clave
La tasa estándar del IVA de Costa Rica es del 13%, con tasas reducidas del 4%, 2% y 1% para salud privada, medicamentos, educación y la canasta básica de alimentos, y una tasa del 0.5% para productos agrícolas orgánicos registrados. Los servicios digitales transfronterizos consumidos en Costa Rica son gravables al 13% desde octubre de 2020, sin umbral de registro: los proveedores del exterior pueden registrarse bajo un régimen simplificado, o bien el recaudo recae por defecto en los emisores de tarjetas y las instituciones financieras cuando se trata de proveedores incluidos en la lista publicada por Hacienda. Las exportaciones tienen tasa cero; el SaaS y los servicios digitales son gravables al 13%.
Resumen de tributación
SaaS
Gravable
Bienes digitales
Gravable
Alimentos
Tasa reducida (canasta básica)
Tasas del IVA
La tasa estándar del IVA de Costa Rica es del 13%, aplicada a la mayoría de los bienes y servicios desde que sustituyó al impuesto sobre las ventas en 2019 [1]. Se aplican tasas reducidas del 4%, 2% y 1% a categorías como salud privada, medicamentos, educación y la canasta básica de alimentos, una tasa del 0.5% a los productos agrícolas orgánicos registrados, y las exportaciones tienen tasa cero [1]. La autoridad tributaria es la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda.
Tasa | Se aplica a |
|---|---|
Estándar 13% | La mayoría de los bienes, servicios y entregas digitales |
Reducida 4% / 2% / 1% | Salud privada, medicamentos, educación, alimentos de la canasta básica |
Cero 0% | Exportaciones |
Para más detalles, consulte nuestras guías fiscales de América Latina.
Registro y umbral de nexo
Los servicios digitales transfronterizos consumidos en Costa Rica son gravables al 13% desde octubre de 2020 [2]. Los proveedores del exterior pueden registrarse bajo un régimen simplificado y cobrar el 13% directamente, o bien el recaudo recae por defecto en los emisores de tarjetas y las instituciones financieras sobre los pagos a proveedores incluidos en la lista publicada por Hacienda [2][3]. No hay umbral de registro.
Cómo registrarse para el IVA de Costa Rica sobre servicios digitales:
Confirme que presta servicios digitales a consumidores costarricenses.
Solicite el registro bajo el régimen simplificado y obtenga un identificador fiscal local.
Cobre el 13% de IVA en las ventas de empresa a consumidor.
Presente la declaración mediante TRIBU-CR y remita el pago a Hacienda.
Si no se registra, los emisores de tarjetas recaudarán el 13% en su lugar.
Frecuencia y plazos de presentación
Los contribuyentes nacionales presentan cada mes a más tardar el día 15 del mes siguiente, con el Formulario D-150 en la plataforma TRIBU-CR, que reemplazó al sistema ATV y al Formulario D-104 en octubre de 2025 [1]. Los proveedores no residentes registrados presentan y pagan cada mes, dentro de los primeros 15 días naturales del mes siguiente; los emisores de tarjetas que recaudan sobre proveedores no registrados deben remitir dentro de los tres días hábiles posteriores a cada recaudo y presentar una declaración informativa mensual [2].
Exenciones
Las exportaciones tienen tasa cero, y categorías como salud privada, medicamentos, educación y la canasta básica de alimentos tienen tasas reducidas del 4%, 2%, 1% o 0.5% [1]. El SaaS y otros servicios digitales transfronterizos consumidos en Costa Rica son gravables al 13% [2].
Sanciones
La presentación tardía conlleva una multa del 50% de un salario base según el artículo 79 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, y el pago tardío genera un 1% del monto adeudado por mes o fracción, con un tope del 20%, según los artículos 80 y 80 bis, más los intereses que Hacienda fija periódicamente [4].
Fuentes
Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado (Ley 9635) — art. 10, tasa
Resolución sobre servicios digitales transfronterizos (vigente desde octubre de 2020)
Ministerio de Hacienda — lista de proveedores de servicios digitales transfronterizos
Código de Normas y Procedimientos Tributarios — art. 80, morosidad
Preguntas frecuentes
Calculadora del IVA de Costa Rica
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Costa Rica · IVATasas al julio de 2026. Fuente: Ley 9635, Articles 10–11 (se abre en una pestaña nueva).
Costa Rica · Tasa general
13%
Tasa de IVA
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Esta es una estimación. Que una venta esté gravada, y a qué tasa, depende de lo que usted venda, a quién y dónde se entregue o se preste. Si piensa basarse en estas tasas, utilice la plataforma de Kintsugi.