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Guía del IVA de Arabia Saudita para 2026: tasas, registro y declaración

La tasa del IVA de Arabia Saudita es 15%. Conozca los umbrales de registro, la facturación electrónica obligatoria (FATOORAH) y la presentación ante la ZATCA.

Última actualización

Puntos clave

Arabia Saudita aplica un IVA de 15% a la mayoría de los bienes y servicios, incluidas las prestaciones digitales, tras el aumento desde 5% en julio de 2020. Las exportaciones, el transporte internacional, los medicamentos que califican y los metales de inversión tienen tasa cero, mientras que ciertos servicios financieros y los arrendamientos de vivienda están exentos. El SaaS y los servicios digitales prestados a clientes de Arabia Saudita son gravables a 15%.

Resumen de tributación

SaaS

Gravable

Bienes digitales

Gravable

Tasas del IVA

Arabia Saudita aplica un IVA de 15% a la mayoría de los bienes y servicios, incluidas las prestaciones digitales. La tasa subió de 5% a 15% el 1 de julio de 2020.[1] Una tasa de 0% cubre las exportaciones y el transporte internacional, y algunas operaciones, como ciertos servicios financieros y los arrendamientos de vivienda, están exentas.[1] La autoridad tributaria es la ZATCA (Zakat, Tax and Customs Authority).[1]

Tasa

Se aplica a

Estándar 15%

La mayoría de los bienes, servicios y prestaciones digitales

Cero 0%

Exportaciones, transporte internacional, medicamentos, metales que califican

Exento

Ciertos servicios financieros, arrendamientos de vivienda

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Arabia Saudita · IVA
Tasa de IVA

Tasas al septiembre de 2026. Fuente: ZATCA: VAT Implementing Regulation amendments (se abre en una pestaña nueva); ZATCA: VAT Implementing Regulations (se abre en una pestaña nueva).

Arabia Saudita · Tasa general

15%

Tasa de IVA

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Esta es una estimación. Que una venta esté gravada, y a qué tasa, depende de lo que usted venda, a quién y dónde se entregue o se preste. Si piensa basarse en estas tasas, utilice la plataforma de Kintsugi.

Registro y umbral de nexo

Arabia Saudita usa un umbral de registro del IVA y no un nexo económico al estilo de EE. UU. El registro es obligatorio cuando las entregas gravables anuales superan SAR 375,000, y voluntario a partir de SAR 187,500 [2]. Un no residente que realice entregas gravables en Arabia Saudita debe registrarse sin importar el umbral, generalmente mediante un representante fiscal residente [2]. Los pasos de registro están en la sección Cómo registrarse.

Frecuencia y plazos de presentación

Las declaraciones del IVA se presentan cada mes cuando las entregas anuales superan SAR 40 millones y trimestralmente en los demás casos, con vencimiento a fin del mes siguiente al período.[1] La facturación electrónica FATOORAH está en la Fase 2, en la que las facturas se validan criptográficamente con la ZATCA en tiempo real.[5] Las olas de integración han continuado durante 2026: la Ola 24 (umbral de SAR 375,000, con ingresos de 2022 a 2024) tuvo como fecha límite de integración el 30 de junio de 2026, y la Ola 25 (umbral de SAR 187,500, para los contribuyentes con ingresos gravables del IVA superiores a ese monto en 2022, 2023, 2024 o 2025) debe integrarse antes del 1 de febrero de 2027. [1]

Exenciones

Las exportaciones, el transporte internacional, los medicamentos que califican y los metales de inversión tienen tasa cero, y ciertos servicios financieros y los arrendamientos de vivienda están exentos.[1] El SaaS y los servicios digitales prestados a clientes de Arabia Saudita son gravables a 15%.[1]

Arabia Saudita no usa certificados de reventa como los de EE. UU. Una empresa registrada deduce el IVA acreditable que paga en bienes para reventa y en otras compras empresariales del IVA cobrado [4]. Los alimentos se gravan a la tasa estándar de 15%; solo tienen tasa cero las exportaciones y los medicamentos y bienes médicos que califican, y ciertos servicios financieros y los bienes inmuebles residenciales están exentos [1][3].

Sanciones

El registro tardío conlleva una sanción de SAR 10,000. La presentación tardía se sanciona con 5% a 25% del IVA adeudado, y el pago tardío suma 5% del impuesto impago por cada mes de atraso.[2] El incumplimiento de la facturación electrónica genera multas aparte.[1]

La ZATCA audita el IVA. Para impugnar una liquidación, el contribuyente presenta una objeción ante la ZATCA y luego acude a los comités de resolución de disputas tributarias (la Secretaría General de los Comités Tributarios) [3].

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