Los vendedores al por mayor no deben dar por sentado que las ventas exentas son invisibles para el nexo económico. Que los pedidos al por mayor cuenten depende de cómo el estado define su umbral y de si mide las ventas al por menor, las ventas totales o los ingresos brutos.
Estados que cuentan las ventas al por mayor
Los estados que usan un lenguaje de ventas totales o de ingresos brutos pueden incluir las transacciones al por mayor y de reventa, incluso cuando un certificado de exención válido significa que no se cobró impuesto. La guía vigente identifica a Mississippi, Carolina del Sur, Texas, California y Wisconsin como ejemplos.
En esos estados, un vendedor puede tener que registrarse y presentar declaraciones aun cuando estas informen cero impuesto por pagar.
Estados que excluyen las ventas al por mayor
Algunos estados definen el umbral en torno a las ventas al por menor y excluyen las transacciones de reventa. La guía vigente identifica a Alabama, Colorado, Connecticut, Illinois, Nebraska y Tennessee como ejemplos.
El texto de la ley vigente es el que rige, y las reglas pueden cambiar. No aplique el tratamiento de un estado a otro.
Qué deben hacer los vendedores B2B
Registre todas las ventas por destino, no solo las ventas gravables. Mantenga al día los certificados de exención y supervise la definición del umbral de cada estado. Vale la pena una revisión del nexo cuando el volumen al por mayor ha crecido o el negocio ha dado por sentado que las ventas exentas nunca cuentan.
Kintsugi monitorea la exposición fiscal en todos los tipos de transacciones para que los equipos B2B vean dónde pueden existir obligaciones de registro, presentación y remisión.

